Realizar de manera eficiente y eficaz aquellas acciones pertinentes a los procesos de contratación administrativa y administración de bienes de las diferentes instancias de la institución, sujetándose a la normativa vigente, principios y procedimientos establecidos en la Ley de Contratación Administrativa, su Reglamento y legislación conexa.
Adquirir satisfactoriamente aquellos bienes y servicios que permitan generar de forma adecuada la gestión operativa de la institución garantizando una adecuada programación, ejecución y control de éstos.
Integridad:
1. Para desarrollar nuestro trabajo de acuerdo con los principios de transparencia, justicia, confiabilidad, honestidad y respeto.
2. Para ser leales a la institución y al pueblo.
3. Para rechazar las influencias indebidas y los conflictos de interés.
4. Para ser consecuentes entre lo que se dice y lo que se hace.
5. Para administrar responsablemente los bienes institucionales.
6. Para actuar de conformidad con la normativa nacional e institucional.
Compromiso:
Con la satisfacción de las necesidades y expectativas de la Institución.
Excelencia:
1. En el suministro de un servicio oportuno, confiable y de calidad.
2. En la búsqueda y aplicación de nuevas tecnologías.
3. En la aplicación de las normativas y reglamentos vigentes.
4. En la gestión de los recursos institucionales.
1. Dar trámite a las solicitudes para la adquisición oportuna de bienes y servicios que necesiten las diferentes dependencias, para el normal funcionamiento de la Institución.
2. Investigar las fuentes de aprovisionamiento y llevar un registro calificado y actualizado mensualmente de las existencias de materiales de Bodega, implementos de limpieza y de oficina.
3. Analizar precios de venta de los oferentes y realizar todos los estudios necesarios para garantizar la eficiencia del abastecimiento de la Proveeduría Institucional y por ende los bienes y servicios necesarios por las demás dependencias Municipales.
4. Solicitar cotizaciones a los potenciales oferentes, de acuerdo con las necesidades del bien o servicio a adquirir de acuerdo a lo establecido en la Ley y el Reglamento de Contratación Administrativa.
5. Velar porque los bienes y servicios que cotizan los oferentes, se ajusten en calidad, cantidad, precio y tiempo de entrega requeridos por el solicitante y ajustándose a la Ley.
6. Mantener actualizado el Registro de Proveedores, para uso de los trámites de adquisición de bienes y servicios mediante un aviso que se publicará en La Gaceta como lo indica el Art.108 de la Ley de Contratación Administrativa.
7. Verificar que las contrataciones se efectúen atendiendo las disposiciones de carácter administrativo y legal vigentes, para las actividades de licitación pública, licitación abreviada o contratación directa según corresponda.
8. Confeccionar la respectiva orden de compra con los documentos y códigos necesarios de acuerdo con los términos y condiciones de adjudicación, para los trámites correspondientes.
9. Coordinar con el Departamento Financiero para obtener las estimaciones anuales de necesidades a efecto de programar, conjuntamente con las unidades interesadas, las adquisiciones que se requieran por medio de los procedimientos aplicables.
10. Coordinar, con las demás dependencias, el Programa de Adquisiciones, a que se refiere el Art.6 de la Ley de Contratación Administrativa. El Departamento de Proveeduría será el encargado de realizar la publicación de dicho programa.
11. La Proveeduría será la encargada de supervisar la presentación oportuna de las garantías, su vigencia, así como de autorizar su devolución una vez finalizado el proceso, además de que se haya cumplido con lo requerido, para ello se lleva un control de garantías.
12. La Proveeduría debe coordinar con el Director Financiero y el Departamento Legal, la ejecución de garantías de cumplimiento cuando así corresponda, por eventuales incumplimientos imputables en forma directa al oferente adjudicado. El manejo y control de las garantías así como de la custodia de los valores corresponden a la Dirección Financiera de la Municipalidad.
13. Realizar trimestralmente un levantamiento de activos municipales, actualizando a su vez la base de datos.
14. Mantener un registro actualizado del Sistema Integrado de Actividad Contractual de la Contraloría General de la República.
15. Enviar semestralmente al Ministerio de Hacienda el informe semestral de adquisiciones locales exentas por autorización de resoluciones genéricas.
16. Velar por el buen funcionamiento y uso adecuado de los vehículos Municipales.
Proveedora: Yenci Solis. Correo proveeduria@naranjo.go.cr
Asistente: Javier Oses. Correo asistenteproveeduria@naranjo.go.cr
Asistente: Liseth Vargas. Correo proveeduria2@naranjo.go.cr
Teléfono: 2105-1939
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